Vía: www.canariasahora.es
ATAN
analizará las causas por las que uno de los jueces no se abstuvo de participar
en el proceso.
El
Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) alberga pocas dudas de que
efectivamente los daños que la construcción del puerto de Granadilla causará a
los sebadales serán "muy probables", pero considera que, aparte de la
protección al medio ambiente, "existen otros valores, entre ellos el
progreso económico que deben ser salvaguardados".
El Tribunal acaba de emitir una sentencia a través de la cual desestima
el recurso presentado por la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza
(ATAN) en contra de la construcción de esta infraestructura.
Ante las dudas del colectivo por la eficacia del estudio de impacto
ambiental reailizado, el TSJC recuerda que en el documento se contemplan
diversas actuaciones como la replantación de los sebadales, para lo cual se ha
realizado un proyecto piloto cuyos resultados aún están por evaluar. También se
prevé el trasvase de arena de la parte norte del puerto al sur para mitigar los
efectos de la erosión del lecho marino y se prohibirá el fondeo de buques sobre
los sebadales. No sólo ATAN desconfía de los efectos de la experiencia piloto,
sino que también el propio Tribunal admite que se trata de una medida "de
incierto resultado", ya que la interferencia de los diques en el flujo de
la arena afectará a esta especie marina. "Esto provocará la erosión del
lecho marino situado corriente abajo y una destrucción parcial de hábitat de
los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC)".
La Sala entiende que los valores medioambientales deben ser protegidos
pero no pueden ser considerados como "absolutos" y considera que los
factores económicos también tienen que ser tomados en cuenta. "Las
técnicas de protección de los valores naturales a través del instrumento de la
declaración de impacto ambiental han permitido una serena ponderación entre los
valores en juego analizando las alternativas de desarrollo del puerto en otros
puntos de la isla y reduciendo los efectos negativos que la obra ocasionará
sobre el medio ambiente".
El TSJC considera "inidónea" la prueba pericial realizada por un
capitán de la marina mercante que demostró que la infraestructura será
inoperativa gran parte del año por los vientos reinantes y estiman que no llega
a desautorizar el parecer de los ingenieros que diseñaron el puerto y avalan la
operatividad del mismo.
ATAN había cuestionado la competencia de la Autoridad Portuaria de Santa
Cruz para aprobar el proyecto, que es de competencia estatal. Al respecto, la
sentencia apunta que la obra se incluye en el de Santa Cruz "y por mandato
legal debe ser considerado no uno nuevo sino una ampliación del ya existente a
los efectos de determinar la competencia para aprobarlo".
El Tribunal descartó también el argumento de que el estudio de impacto
ambiental no había respetado las modificaciones de la directiva europea, a lo
que el tribunal responde que quedan exentas las obras que hubiesen sido
sometidas previamente a información pública, lo que habría ocurrido en este
caso. Incluso se apunta que la evaluación se realizó sobre un proyecto mucho
mayor que el finalmente aprobado y ratifica que se barajaron varias
alternativas, entre ellas la ampliación del puerto de la capital tinerfeña,
como también admitió Bruselas.
ATAN preguntará
ATAN
baraja la posibilidad de actuar para esclarecer por qué no se abstuvo de
participar en este procedimiento judicial uno de los jueces en caso de que se
confirmara que mantiene una estrecha relación con un familiar directo del
presidente de la Autoridad Portuaria, Pedro Rodríguez Zaragoza, lo que le ha
impedido participar en otros procedimientos judiciales. Para la organización
ecologista sólo por este motivo el juez debería haberse abstenido e incluso
daban por hecho que así ocurriría. Puestos en contacto con el letrado de ATAN
confirma que si esto fuera así "el magistrado debió abstenerse. Ahora
estamos obligados a analizar las causas por las que no se abstuvo", señaló
el abogado. En cualquier caso ATAN ya ha anunciado que recurrirá la sentencia
ante el Tribunal Supremo (TS).