Vía: ATAN
Además
de las acciones que aún continúan abiertas debido a las demandas interpuestas
por ATAN ante diversas instancias judiciales, como el Tribunal Supremo, la
Audiencia Nacional o el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contra distintas vías de actuación de la
Administración en favor de la construcción del puerto de Granadilla (Plan de
Utilización de los Espacios Portuarios del puerto de Granadilla, Plan de la
Plataforma Logística del Sur de Tenerife, Vía de hecho por ejecución de obras
del puerto de Granadilla afectado a especies protegidas, entre otras), ahora,
el Tribunal Supremo también deberá resolver sobre la aprobación del proyecto y
la Declaración de Impacto Ambiental al admitir nuestro recurso de casación.
El
pasado día 10 de octubre se ha recibido comunicación del Tribunal Supremo por
la que se admite el recurso de casación planteado desde ATAN contra la
Sentencia dictada el siete de marzo de este mismo año por la Sala de lo
Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Haciendo
un breve y esquemático resumen de la dialéctica sustanciada entre ATAN (por un
lado) y La Autoridad Portuaria, Cabildo de Tenerife, Confederación Provincial
de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife, Compañía de Gas de Tenerife y Unión Eléctrica
de Canarias, más la "UTE Contradique del Puerto de Granadilla" (por
otro); y de las actuaciones que se han llevado a cabo por nuestra Asociación
decir que:
En
Abril de 2005 se presenta por ATAN recurso contencioso administrativo alegando
una serie de cuestiones de tipo legal, medioambiental, de operatividad o
utilidad del Puerto de Granadilla, de aspectos procedimentales, como la
inexistencia de aprobación del proyecto o la incompetencia de la Autoridad
Portuaria para aprobar el proyecto "Obras de Abrigo del Puerto de
Granadilla".
El
recurso interpuesto también abordaba la impugnación de la resolución dictada
por la Secretaría General de Medio Ambiente
de 2003 en la que se formula la declaración de impacto ambiental sobre
el proyecto "Nuevo puerto en el litoral del polígono industrial de
Granadilla". Se alegaba, en este punto, que la declaración de impacto no
cumplía con lo dispuesto en la Directiva del Consejo 97/11/CE relativa a la
evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados
sobre el Medio Ambiente.
Desafortunadamente
el Tribunal Superior de Justicia de Canarias dicta una, cuanto menos,
“sorprendente” sentencia, desestimatoria de nuestras pretensiones. Se alega por
el TSJC, entre otras “curiosidades” que la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de
Tenerife sí sería competente porque en realidad el puerto de Granadilla es una
ampliación del Puerto de Santa Cruz y no un nuevo puerto (en fin, sin
comentarios...). Asimismo, pone en duda el mismísimo peritaje judicial, que
cuestionaba la operatividad del puerto anteponiendo el criterio de la parte
demandada. En definitiva, ese Tribunal viene a declarar la prevalencia de los
intereses económicos por encima de la protección del medio ambiente.
Afortunadamente,
con la decisión del Tribunal Supremo de admitir nuestro recurso, se abre una
nueva oportunidad de corregir tanto desatino en torno al vergonzoso proyecto
del puerto de Granadilla.
ATAN
otoño de 2012, la lucha por el medio ambiente sigue abierta